Rafael Gómez Mateo
Antecedentes. El 28 de junio de 2009, los hondureños amanecimos en silencio, sin servicio de energía eléctrica y en total incertidumbre. La noticia de movimientos y operaciones militares se fue propagando poco a poco en la medida de que los servicios públicos se fueron restableciendo. Un golpe de Estado se materializó en contra de la figura del Presidente de la República, el ciudadano José Manuel Zelaya Rosales.
Enviado en avión hacia Costa Rica, y luego asistido por varias naciones aliadas, retorna finalmente a Honduras, luego de que se le garantizada total inmunidad ante posibles delitos supuestamente de traición a la Patria.
Desde su retorno en ese mismo año, crea el movimiento Libertad y Refundación, hoy el principal Partido Político del País y después de tres procesos electorales consecutivos, donde había resultando ganador el Partido Nacional, dicho partido gana la Presidencia, teniendo actualmente Honduras, la primera Presidente mujer.
Pero 13 años después, y tan solo 10 días de haber tomado posesión de su cargo, se insta como iniciativa de ley una nueva Amnistía Política, pero esta vez tan amplia que también ha sido ampliamente cuestionada.
La amnistía. Como el pacto político para el retorno del ex presidente Zelaya, consistía en la amnistía para su principal líder, esto dejó a un lado y a su suerte a todos sus más allegados funcionarios y colaboradores. Por lo que una vez que la nueva Presidente tomó posesión, casi de inmediato se elige a un nuevo Presidente del Congreso Nacional y se somete a discusión la aprobación del cuestionado Decreto 4-2022 que contiene la “Ley para la Reconstrucción del Estado Constitucional de Derecho y para que los hechos no se repitan”, que entre otras proclamas, contiene una ”...amnistía general, amplia e incondicional en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal pública, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme y en ejecución, ante los tribunales de la República, o que se encuentren en proceso de investigación, por los supuestos delitos cometidos hasta la fecha de entrada en vigor de la presente Ley... .
Tal como lo señala el texto de la ley, y derivado del Principio de Legalidad y de la norma más beneficiosa, se considera por muchos sectores que, se ha aplicado selectivamente esta amnistía a favor de la mayoría de los ex funcionarios y colaboradores políticos del Partido en el Poder, materializándose así, según la opinión pública, la primera gran posible injerencia política por medio de la instrumentalización de la ley penal.
El control de constitucionalidad. Advertida esta injerencia, varios jueces y magistrados, llamados a aplicar la norma, realizando una especie de control difuso frente a la Constitución de la República y los Tratados Internacionales, promovieron las acciones de Inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de Honduras, que luego de acumular todos los expedientes, recientemente el 8 de octubre de 2024, emitió un fallo en pleno, con la decisión de una mayoría de 10 a 5, declarando sin lugar los Recursos, dando así por materializada la supuesta instrumentalización de la norma a favor de autores de delitos de corrupción.
La crítica social generalizada, y a propósito de la independencia judicial, se centra en el hecho de que la elección de la Corte Suprema de Justicia actual, que conoció de los recursos de inconstitucionalidad, puede haber sido influida por el partido de gobierno, por cuanto la elección de los Magistrados pasó por las componendas políticas de los partidos más fuertes, y que para el caso, la titularidad del Poder Judicial y varios de los magistrados propietarios, fueron servidores o funcionarios del fundador del partido de gobierno, o que cuentan con relaciones de amistad o afiliación política del mismo partido.
Conclusión. Carlos Santiago Nino, connotado jurista argentino, es recordado por su influencia académica y filosófica que pregona la independencia judicial, la que consideraba crucial para el funcionamiento de una democracia, ya que los jueces deben tener la posibilidad de tomar decisiones basadas en la ley y no en presiones externas, como las políticas.
Esta independencia es fundamental para reconocer o proteger los derechos de los ciudadanos y mantener el equilibrio de poder en el gobierno. Equilibrio que aparentemente se ha perdido actualmente en Honduras, ante la recurrencia de la instrumentalización de la ley y del control concentrado de la constitucionalidad de la misma, para favorecer a particulares, en detrimento de la víctima difusa, que es el Pueblo hondureño.
Una vez se haya firmado el fallo del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, solo quedará a los recurrentes el recurso de reposición, pero se percibe que será nugatorio, ante la injerencia política que puede estar permeando el Sistema Judicial Hondureño.
Por nuestra parte, los hondureños nos mantenemos alertas de estos y otros fenómenos políticos y sociales que afectan al Estado de Derecho, a fin de ejercer el verdadero poder del pueblo en una Democracia en Construcción.